miércoles, 29 de abril de 2015

EL PROBLEMA DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA

“El grado de civilización en una sociedad se juzga visitando sus cárceles”
Fiodor Dostoiesvski, La casa de los muertos.

                                                                                                                       Escrito por: Jaime Araujo

Uno de los problemas más acuciantes a resolver en nuestro país no es la inseguridad ciudadana (es sólo el efecto del problema principal) como cotidianamente nos quieren hacer creer las autoridades de turno repitiéndolo incesantemente a través de los medios de comunicación. El autor de Rebelión en la Granja, George Orwell ya nos advirtió que “algo erróneo no se convierte en verdad a base de repetirlo muchas veces”.
Incluso, nos quieren hacer creer o tal vez  algunos así lo asumimos, que el aumento de la criminalidad en nuestro país tiene su causa en el crecimiento económico que vive el país. El autor de La Fiesta del Chivo, Mario Vargas Llosa, declaró para el diario la República hace más de un año que “el precio que naturalmente trae aparejado el crecimiento económico es la inseguridad y la delincuencia” (La República, 17/10/2013). En efecto, semejante despropósito ya había sido ensayado por el entonces ministro de justicia Wilfredo Pedraza cuando dijo, “el incremento de la delincuencia es un fenómeno internacional, especialmente en aquellos países que, como el Perú registran un sostenido crecimiento económico” (El Comercio, 29/07/2013).

Sostenemos que  el problema principal a resolver a fin de reducir el índice de criminalidad es la desigualdad social. La ecuación en simple: cuanto mayor es la distancia entre la minoría acomodada y la mayoría empobrecida mayor es el grado de criminalidad.
Tesis corroborada en la práctica por  las supuestas patrias del libre mercado con mayor desigualdad social en el mundo: Estados Unidos y Reino Unido. Por un lado,  en la  primera, la población carcelaria  aumentó de forma constante desde principios de la década de 1970. En 1978 había más de 450.000 personas en la cárcel, pero en el 2005 ya eran más de dos millones, las cifras se habían duplicado. Por otro lado,  en Reino Unido  los números se han duplicado desde 1990, pasando de alrededor de 46.000 reclusos a 80.000 en el 2007 (Wilkinson y Pickett, 2009: 169).
Algo similar ocurre en nuestro país. El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) reveló que en el 2011, los centros penitenciarios contaban con 48.798 internos y actualmente son 71.34. Es decir, hubo un incremento del 46% en 3 años (El comercio, 23/09/2014). Pero también hubo un incremento de la desigualdad social. Una gran mayoría que trabaja cada día más a costa de un sueldo cada vez más miserable y una minoría privilegiada que trabaja cada día menos o no trabaja a cambio de una remuneración exorbitante. Un ejemplo vergonzoso de esto es la abismal diferencia entre el sueldo mínimo de un ciudadano cualquiera, S/ 750. 00 y el sueldo de un Ministro de Estado S/ 30.0000, es decir 40 veces más.
Todo esto es un escándalo, sin embargo nos hemos acostumbrado a verlo como normal. ¿Se puede pedir a una persona que tiene el estómago  y la cabeza vacía, es decir que pasa hambre y  no tiene educación porque su sueldo no le alcanza para cubrir las necesidades básicas de su familia, que oriente su vida acorde a las normas de convivencia social establecidos? Las posibilidades de que alguien en estas condiciones oriente su vida conforme a estándares de convivencia legal son mínimas. De manera que allí donde no existe la justicia social, donde reina la desigualdad, la pobreza, donde predomina la ignorancia y donde se crea en la población sentimientos de inferioridad: las víctimas siempre serán los empobrecidos. No porque sean pobres, pues eso ya es u crimen, sino porque es muy probable que muchos de ellos terminen en la cárcel.
En consecuencia, los legisladores en vez de auspiciar leyes penales más duras, deben saber que la legislación por sí misma, sin programas sociales diseñados para la reducir la pobreza, elevar el nivel de educación y contribuir a la reinserción en la sociedad, sin duda, no obtendrá  resultados o que incluso será contraproducente (Bunge, 2009: 348). Pues, la mejor política en materia de seguridad y de prevención de los delitos  “es una política social dirigida a garantizar los derechos vitales de todos; y que el gasto público necesario para tal fin no ha de concebirse como un costoso pasivo en los balances públicos, sino como la forma de inversión pública más productiva” (Ferrajoli, 2011: 69).
En suma,  la  manera más justa y eficiente de combatir el delito no es endurecer el Código Penal o incrementar la represión policial: esta es la idea bárbara de que la justicia equivale a la venganza. A largo plazo, la manera más eficiente de manejar la criminalidad es atacar las fuentes sociales del delito, tales como las crudas desigualdades en los ingresos, el desempleo y la ignorancia.
Esto de ninguna manera debe ser entendido como una apuesta por la abolición del derecho penal y por consiguiente de las cárceles sin más, sino más bien como una crítica al sistema político vigente, que prioriza reformas legales en detrimento de las reformas sociales. Pues es sabido que la gente vive más sana y más tiempo en las sociedades más igualitarias, tales como las naciones nórdicas, Holanda, Japón, Costa Rica, Uruguay y Cuba, que en las sociedades con grandes desigualdades, tales como Estados Unidos y Reino Unido.
Las estadísticas muestran, en particular, que la desigualdad en los ingresos y bienes es el indicador más fiable y, en consecuencia, un predictor del índice de criminalidad. Por tanto, los políticos de turno deben saber que antes de librar vociferas y tomar medidas contra el crimen, deben acudir a los saberes que nos aportan las ciencias sociales y humanas respecto de las causas de la criminalidad,  en lugar de ensañarse  en la fabricación de leyes cada vez más drástica, particularmente sabiéndose que dichas medidas son inútiles y que la cárcel tal como lo conocemos hoy es una escuela del delito (Bunge, 2008: 49).
Si pensamos en los vistosos incumplimientos de los derechos sociales, en las espantosas bolsas de miseria y en las enormes desigualdades en nuestro país, debemos por el contrario concluir que cuesta demasiado poco, vegosamente poco diseñar políticas sociales (Ferrajoli, 2011: 150) a fin de satisfacer las necesidades básicas de la población, tales como, educación, salud, vivienda, empleo, etc. Pues,  las investigaciones sugieren que a menor desigualdad social menor índice de criminalidad y viceversa.
Finalmente, exigimos que los que tienen en sus manos el diseño de  políticas para la lucha contra la inseguridad ciudadana tomen en cuenta los aportes de las ciencias sociales antes de tomar medidas a espaldas de las mismas. Porque una cosa es enfrentar y resolver un problema en mérito de las investigaciones sociales y humanísticas disponibles y, otra muy distinta es adoptar  medidas que nadie discute para no tener que pensar.
Antes de llegar a tomar medidas contra la inseguridad ciudadana por intuición, costumbre o comodidad, deben saber que el problema principal es la desigualdad social, y que no se logrará más que seguir escondiendo la inmundicia del modelo económico y político vigente, si soslayamos el meollo del problema en cuestión y abrazamos medidas contra la inseguridad ciudadana que no son más que un decorado de teatro para solapar los intereses de unos cuantos.
Referencias bibliográficas
Bunge, Mario (2009). ). Filosofía política. Solidaridad, cooperación y democracia integral. Barcelona: Gedisa.
Bunge, Mario (2008). Filosofía y sociedad. México: Siglo XXI.
Ferrajoli, Luigi (2011). Principia iuris. Teoría del derecho y de la democracia. 2. Teoría de la democracia. Madrid: Trotta.
Wilkinson, R. y Pickett, K. (2009). Desigualdad. Un análisis de la (in) felicidad colectiva. Madrid: Turner.




lunes, 27 de abril de 2015

Bajen los dedos acusadores


COLOR HUMANO

He querido salir de los lugares comunes a los que se recurre cuando se empieza a hablar del “controvertido” Proyecto de Ley que, despenaliza la interrupción del embarazo en caso de violación sexual. He saltado de todas y hacia todas partes: a las cifras, a los “argumentos jurídicos”, incluso al Proyecto de Ley presentado por el Congresista Lescano para defender al concebido, a lo que me dice la razón, lo que vivo; y, lo que sin duda no quiero vivir.

Las mujeres somos víctimas constantes y potenciales de violencia; desde que pisamos la calle y recibimos frases lascivas. Se juzga cómo vestimos, cómo caminamos, cómo pretendemos ser libres. El cuerpo de la mujer es todavía, un lugar común, en el que se libran batallas para determinar cómo debe ser manejado, porque el cuerpo de las mujeres es un al parecer un bastión de la fe.

Cuando hablamos de la agresión sexual a mujeres, ¿Estamos hablando de un hecho aislado? A diferencia de lo que muchos creen, las cifras nos muestran lo contrario:

- En el 76% de los casos, el victimario tiene una relación directa con la víctima.

- El 78% de víctimas son mujeres menores de edad.

- El 34% de mujeres que son víctimas de violación resultan embarazadas.

Es decir 35 000 mujeres, niñas y adolescentes son obligadas por el Estado a llevar un embarazo, después de haber sufrido una de las experiencias más dolorosas por las que puede atravesar una persona. El Estado las obliga, y enfatizo en que las obliga; porque si alguna de ellas desea no continuar con el embarazo, no tiene opción; la interrupción del embarazo en el caso de violación es un delito. Esta prohibición conlleva a que muchas mujeres se vean forzadas a practicarse abortos en condiciones insalubres, poniendo además en riesgo sus vidas, como si la experiencia anterior no hubiera sido suficiente.

No podemos negar que las mujeres abortan  todos los días y en las peores condiciones. Lo que tiene como resultado que un alto índice de mortalidad en mujeres, se produzca como consecuencia de abortos mal practicados; como vemos, este además de ser un asunto de derechos se ha convertido en un asunto de salud pública. En resumen, el Estado no te protege como mujer ni como víctima, te revictimiza; atentaron contra tu libertad, tu integridad, tu proyecto de vida y con la penalización pueden atentar contra tu vida.

El debate ya se inició en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, donde están presentes congresistas ultraconservadores como Martha Chávez, Julio Rosas y Juan Carlos Eguren. Eguren y Chávez, en contra del aborto pero a favor de la pena de muerte para violadores. ¡Qué consecuentes!

El Presidente de la Comisión ha insistido en que el debate sea jurídico, y ha compartido un documento que expone las razones jurídicas que respaldan su posición en contra. Copio textualmente el argumento tercero:

El Proyecto de Ley presentado pretende argumentar a su favor apelando a los derechos de la mujer gestante a la defensa de su dignidad, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad y no discriminación y a la salud. Este argumento es insostenible por dos razones: En primer lugar, porque el llevar a cabo un embarazo hasta su término natural no representa un atentado contra los derechos de la mujer a la defensa de su dignidad, al libre desarrollo de su personalidad, a la igualdad y no discriminación, ni a la salud.[…] Si verse obligada a llevar un embarazado después de ser víctima de violación, no es indigno, entonces ¿qué es? Si exigirle a una niña de 12 años ser madre y tener al hijo de su violador no va en contra de su dignidad y su libre desarrollo ¿Entonces cómo debemos denominar a esta imposición? El caso KL vs Perú que fue presentado ante el Comité para la eliminación de la discriminación en contra de la mujer CEDAW, es un antecedente importante y una muestra de lo que muchos se niegan a ver: KL de 13 años, violada repetidas veces, intenta suicidarse al enterarse que está embarazada; - el suicidio es otra opción a la que recurrirán las mujeres y no está en las cifras-, falla en el intento y requiere una intervención quirúrgica para salvarle la vida, los médicos se niegan a intervenirla por estar embarazada; y como consecuencia de ello, KL no tiene sensibilidad en el 90% de su cuerpo, no acude a la escuela, no controla esfínteres y le tienen que practicar 4 cateterismos al día para eliminar heces y orina. En el mismo sentido, su salud mental aún no ha sido restaurada[1].

Jurídicamente, si bien, el concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece" (artículo 2°, inciso 2 de la Constitución Política); ello no impide que el conflicto de derechos sea resuelto vía la aplicación del principio de proporcionalidad, priorizando el Estado la vigencia de la dignidad, la libertad, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad, la autonomía reproductiva, la salud, la integridad de la mujer embarazada; antes que la esperanza de vida del concebido[2]. Lo contrario, es decir, la penalización del aborto en todas las circunstancias implica, como bien lo ha señalado la Corte Constitucional colombiana, "la completa preeminencia de uno de los bienes jurídicos en juego, la vida del nasciturus, y el consiguiente sacrificio absoluto de todos los derechos fundamentales de la mujer embarazada, lo que sin duda resulta a todas luces inconstitucional”[3].

Finalmente he revisado algunos testimonios de mujeres,  que se han practicado abortos después de ser víctimas de una violación sexual. Así también el testimonio de otra mujer quien fue forzada a ser madre después de ser víctima de violación, en medio del conflicto armado interno peruano. Todos los testimonios están teñidos de miedo, culpa y vergüenza. Porque las mujeres son señaladas y estigmatizadas como víctimas, acusadas si deciden elegir ser madres o no de su violador. Víctimas, siempre víctimas de la sociedad, de los agresores, del Estado.

No pretendo que muchos renuncien a sus creencias, cada quien es libre de mantener una posición sobre el tema; lo que no es permisible es que los dogmas de fe pretendan ser elevados a leyes o políticas públicas. Porque el fanatismo de la fe no puede estar por encima de la defensa de personas reales como KL, como las víctimas que se atrevieron a denunciar y por las que aún permanecen en silencio.

Por esto: #DéjalaDecidir.



Escrito por: Pamela Smith



[1] http://www.promsex.org/documentacion/testimonios/item/165-caso-lc.html
[2] Aborto en caso de violación: despenalización no es imposición. http://revistaideele.com/ideele/content/aborto-en-casos-de-violaci%C3%B3n-despenalizaci%C3%B3n-no-es-imposici%C3%B3n
[3] Corte Constitucional de Colombia, sentencia C-355-06, 10/5/2006, pto. 10.1, p. 271.

domingo, 26 de abril de 2015

“Con todos estoy en regla, de todos me he despedido,
menos de mi. No ha habido nunca hombres tan
preparados a abandonar el mundo pura y plenamente
como yo [lo estoy], ni se desprendió  de manera más
universal de lo que  [yo] espero hacerlo”

Michel de Montaigne, de la experiencia y otros ensayos.


¿Por qué formar muchos proyectos en una vida tan
breve?

Horacio, Odas, II, 16, 17

Conduzco hacia la facultad, entre apresurado y resignado a llegar tarde, cuando me llega un mensaje  al celular, semáforo en rojo, lo leo,  es mi hermana menor, respira el momento dice. Tres palabras que  me sumen -nuevamente-  en el lío existencial del que aun no logro escapar tras tanto años de intentar autoconocerme; y  si supiese que voy a morir en los próximos días, ¿seguiría viviendo como lo vengo haciendo?, ¿seguiría con esta absurda existencia de procastinación…?

Avanzo unos metros más, me detengo en un parque, apago el motor, acomodo el asiento,  saco un cigarro no comercial de la guantera, lo enciendo, busco en mi memoria USB en la cuerda floja de Nach en colaboración con Rapsusklei, sonrío, respiro el momento.

Decido no ir a la universidad, me alejo de mi inicial destino, cada vez más, hace tanto que no manejaba sin rumbo, tengo una buena compañía, estoy conmigo, me disfruto, me escucho, me hablo, felizmente tengo el tanque de combustible lleno, puedo seguir sin rumbo, me voy  alejando de la ciudad, me voy acercando a mí mismo. Quizás necesite un rumbo, algún día, aunque hasta ahora no me ha ido mal viviendo  sin ese rumbo del que he oído hablar a muchos. A veces envidio tener un rumbo, pero es solo a veces. Todo está bien, respiro el momento.

Noto que hace mucho que no corro, busco a mis perros los llevo a correr, están felices, lo puedo notar, estoy extrañamente  muy feliz, ellos lo notan también, ¿será síntoma de que soy maniacodepresivo?, no lo sé,  me prometo evitar contar esto a mi familia, podrían preocuparse, pueden pensar que no es normal. Pero, ¿qué es normal?, no importa, respiro el momento.

Busco a la que fue mi enamorada hasta hace poco, nos amamos tanto, conducimos nuevamente sin rumbo, qué importa el destino a su lado, fue buena decisión dejar de ser enamorados, es tan inteligente que me lo propuso ella, nos amamos tanto que nuestro amor rebasaba ese concepto de pareja. La tomo de la mano, le sonrío, se me acurruca, ambos silentes totales, 100 kilómetros por hora, no hablamos de los hijos que tendremos, de la casa que habitaremos, no es necesario, nos conocemos tanto que incluso las palabras son insuficientes, vamos a un lugar solitario, hacemos el amor. Respiramos el momento.

Vuelvo a casa, prendo la radio, estación 95.9, radio Capital, 10:25 de la noche, suena el programa de Gillermo Giacosa, lo escucho sentado frente a mi escritorio, me sirvo un vaso de un Chivas 12 años  que tengo guardado hace tiempo para una ocasión especial, este es una ocasión especial. Respiro el momento.

Giacosa cita a Gandhi, sólo existen dos días en el año en que no se puede hacer nada, uno se llama ayer y el  otro mañana, me echo en la cama, sospecho que no moriré en los próximos días.

Columna: Perro sin cola.
Por Alfredo Chamana Rondán

¿Sirve el Derecho Penal?


Mucho se ha dicho en clases que el derecho penal no sirve para nada, que algunos de los artículos del Código Penal peruano son babosadas del genial legislador. Al margen de si el legislador peruano es mediocremente chapucero, no estoy de acuerdo con que el derecho penal no sirva para nada. Para algo debe servir.
El derecho penal es un discurso jurídico cuya utilidad no parece encontrarse en legitimar el poder punitivo que se reserva para sí el estado; en otras palabras no creo que el derecho penal sirva para justificar la imposición de penas a las personas. Como discurso jurídico, en un Estado Constitucional de Derecho, el derecho penal es un instrumento de contención del poder punitivo del estado, ya que históricamente éste, irrogándose de manera exclusiva el uso de la fuerza, ha cometido vastos crímenes atroces, más numerosos y más crueles que todos los delincuentes juntos. Sino remitámonos a las cifras de asesinatos, violaciones, vejámenes y ultrajes que arrojan, por ejemplo, la Revolución Rusa, la Primera Guerra Mundial, la Segunda Guerra Mundial, y sin irnos muy lejos, la Dictadura de Pinochet. Es a partir de esas muertes impunes y violaciones a los derechos, que se ha ido estableciendo o, si se quiere, construyendo un derecho penal orientado a contener, acortar y reducir el poder punitivo del estado, acorde con los derechos humanos y cómo garantía de la subsistencia del Estado Constitucional de Derecho.

Ahora, si bien la función o utilidad del derecho penal ha quedado definida, subsiste la paradoja de que el derecho penal impone penas a las personas (aunque su función sea la de en lo posible, desaparecerlas), penas que pueden ir de 2 días a 35 años de privación de la libertad, según nuestro Código, pero en su mayoría estas penas son excesivas y en su totalidad inútiles. Sostengo esta afirmación ya que ninguna de las teorías de la pena, latentes en la actualidad, ha podido justificar o legitimar su utilidad.
La pena sirve para mantener la confianza en el Estado de Derecho es la afirmación de las Teorías de la Prevención General Positiva, argumentando que la pena es un instrumento de estabilidad social o de estabilidad del Estado. Ante esta afirmación, caeríamos en la lógica de que el delito serpia una lesión al sistema o a la confianza del sistema y no, como aprendimos elementalmente, una lesión a un bien jurídico (que es lo que supuestamente protege el derecho penal, y digo supuestamente porque castiga una vez lesionado el bien jurídico, no antes). Y siguiendo con esa lógica, todo desequilibrio de confianza en el sistema deberá ser restablecido utilizando criminalizaciones atroces y medios de investigación altamente inquisitivos. El fin no justifica los medios.
                                                                                                                     
La pena sirve para atemorizar a la población, postulan las Teorías Preventivo Generales Negativas. Afirman que las penas son establecidas para que la sociedad por temor a sufrirlas no cometa delitos; en esa línea de razonamiento la única disuasión que se lograría sería con penas crueles que aterroricen y al final todos los delitos se sancionarían con pena de muerte por ser ésta la más aterrorizadora. Estas teorías suenan absurdas contrastadas con las reales circunstancias de que las personas no cometen delitos pensando en la amenaza, sino lo hacen por razones sociológicas, de educación, de ética, etc. Las personas son denigradas y lesionadas en su dignidad puesto que se les utiliza (a las que están en la cárcel) como instrumento para atemorizar a la sociedad.
La resocialización es la función de la pena, sostienen las Teorías de la Prevención Especial Positiva. El estado cree hacerle un “bien” a la persona que cometió un delito metiéndolo en la cárcel. Veremos en la parte final cuán perniciosa resulta ser la cárcel para un ser humano.

Por último las Teorías de la Prevención Especial Negativa sostienen que la pena apunta a la eliminación o neutralización del delincuente ya que éste ha causado un daño. Los seres humanos somos para el Estado meras células del cuerpo social, que siendo defectuosas deben ser eliminadas. Postura radical. La pena, en este sentido, sólo busca castigar, sin encontrar la causa de los delitos. El Estado castiga simplemente, lo que hace evidente su incapacidad de solucionar los problemas causa que lleven a la criminalización de ciertos actos. Los delitos son como síntomas de una sociedad que marcha mal, y seguirán latentes mientras no se encuentre la causa que los produce, la enfermedad.

Como hemos podido ver, ninguna teoría que pretende legitimar la pena tiene coherencia y consistencia lógica, mas por el contrario surgen una serie de observaciones y críticas insuperables para cada una, y sea cual fuere el postulado de una u otra teoría, todas afectan el bienestar social, ninguna justifica la aplicación de la pena.
La pena en realidad sólo infringe dolor a quien se le aplica, sometiéndole a la cárcel en condiciones deplorables e inhumanas, sobre todo en países como el nuestro donde los riesgos de homicidio y suicidio son diez veces mayor a los índices en la vida libre, en una realidad violenta de motines, violaciones, carencias médicas, carencias alimenticias, higiénicas y de difusión de enfermedades, algunas mortales.
Más aun considerando que el 90% de reos en cárcel son delincuentes habituales. Es cruel infringir dolor a aquellos que ya han recibido más dolor: los pobres, desempleados, sin educación, sin familia estable, sin casa decente. “Infringir dolor debería ser la última alternativa posible a la hora de crear sociedades donde valga la pena vivir”[1]




[1] “El Umbral del Dolor”- Nils Christie, Artículo re-publicado en la revista Contranatura N° 5